Cancelación de antecedentes penales y policiales: cómo librarse de la carga del pasado
Contenidos del artículo
¿Puedo cancelar mis antecedentes penales?
La cancelación de antecedentes penales constituye el ultimo paso de la intervención de un abogado penalista en un procedimiento cuando, lamentablemente, hubo una sentencia condenatoria, ya que la imposición de una condena supone, de manera añadida a la imposición de la propia sentencia, una carga que el condenado deberá arrastrar, incluso después de haber cumplido su pena, durante un determinado periodo de tiempo.
¿Cuándo puedo cancelar antecedentes penales?
Éstos períodos para la cancelación de los antecedentes penales varían en función de la gravedad de la pena impuesta y se encuentran regulados en el artículo 136 del Código Penal:
Estos plazos se contarán desde el momento en que haya quedado totalmente extinguida la pena en cuestión. Cuando esta pena hubiera sido objeto de suspensión condicional, el legislador establece que estos plazos se cuenten desde el momento en que dichas penas que fueron suspendidas hubieran quedado extinguidas en el caso de que hubiera sido necesario cumplirlas (aquí el legislador realiza una especie de ficción jurídica), tomando como momento inicial del cómputo de dicha pena el día siguiente a aquél en que fue concedida la suspensión de la misma.
b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
e) Diez años para las penas graves.
Estos plazos se contarán desde el momento en que haya quedado totalmente extinguida la pena en cuestión. Cuando esta pena hubiera sido objeto de suspensión condicional, el legislador establece que estos plazos se cuenten desde el momento en que dichas penas que fueron suspendidas hubieran quedado extinguidas en el caso de que hubiera sido necesario cumplirlas (aquí el legislador realiza una especie de ficción jurídica), tomando como momento inicial del cómputo de dicha pena el día siguiente a aquél en que fue concedida la suspensión de la misma.
Proceso de cancelación de antecedentes penales
Para poder cancelar los antecedentes penales será necesario obtener del juzgado o tribunal sentenciador un certificado expedido por el secretario judicial en el que se acredite que las penas han sido extinguidas, que la responsabilidad civil ha sido abonada (salvo los supuestos de insolvencia declarada por el juzgado o tribunal sentenciador) y que han transcurrido los plazos legalmente marcados para dicha cancelación.
Una vez obtenido dicho certificado, debe solicitarse la cancelación del antecedente al Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, personalmente o a través de su representante legal. Dicha solicitud podrá realizarse de manera presencial, por correo u online. Pueden encontrar más información sobre los trámites para la cancelación de antecedentes penales aquí.
Cancelación de antecedentes policiales
Los antecedentes policiales también pueden ser cancelados, una vez que lo hayan sido los antecedentes penales. El procedimiento es muy similar, y puede consultarlo aquí
Contactar con despacho de abogado penalista
¿Ha realizado o tiene que realizar los trámites para cancelar sus antecedentes penales?
Es importante que el proceso lo lleve a cabo siempre una persona que conozca bien los procesos y entresijos del derecho penal, que te garantice la correcta cancelación de dichos antecedentes y te permita continuar con tu vida sin esta carga.
¿Tiene alguna duda al respecto?
Puede planteárnosla en los comentarios a este post o bien a través de nuestro área de contacto despacho penalista.
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Me han acusado por un delito contra la salud pública osease tráfico de drogas que no tengo ni pajolera idea.mi hermano tenia el móvil intervenido y las comversaciones son con su mujer que se llama igual que yo pero claro diferentes apellidos.osease no se si me estoy explicando bien en las grabaciones transcritas es mi hermano que habla con su mujer fulano de tal hablando con fulana de tal con sus nombres y apellidos y me ponen a mi como acusada de ese delito por las comversaciones que yo no tengo ninguna faltaría más yo en ese mundo y a estas edades.la abogada cree que es error por el nombre.haber no pueden estar ellos hablando por teléfono y que graben sus comversaciones y me las metan a mi no? Que no hablo de esas cosas ni las se ni me interesan y jamas e tenido nada con la justicia ni antecedentes ni una denuncia de aparcar mal nada de nada
Buenas tardes y muchas gracias por su consulta.
En primer lugar, dado que usted goza de la presunción de su inocencia, debe saber que sólo en el caso de que las pruebas que se practiquen permitan al juez o tribunal considerar probada su participación en los hechos, podría dictarse una sentencia de condena.
Sin embargo, en todos los casos existen posibilidades de evitar una sentencia de condena y sería muy conveniente poder examinar las posibilidades de su caso, para lo cual le ofrecemos la posibilidad de realizar una primera consulta gratuita por videoconferencia. Si está interesada en ello puede contactar con nosotros a través de cualquiera de nuestros medios de contacto
Como ya sabe, nuestro bufete es una de las principales referencias en derecho penal de menores en nuestro país. Nuestro alto nivel de especialización y nuestra dedicación en exclusiva a este área son reconocidos cada día por nuestros clientes gracias a nuestros conocimientos de la materia, nuestra atención al cliente y, por qué no decirlo, nuestros excelentes resultados.
Esperamos haber resuelto su consulta. Un cordial saludo,
Hola.Mi hijo tiene un juicio el 12 de abril por un robo con intimidacion,que no ha cometido,pero que por hallar en el lugar del robo una gorra con su adn le culpan.No es reconocido,y solo es eso lo que tienen contra el.El caso es, que en 2009 entro un año en prision por un delito de robo con intimidacion ,que esa vez si cometio.En 2012 le suspendieron una pena y le pusieron en condicional 4 años.Pues bien,el problema es,que ese delito se comete a 4 meses de terminar su condicional.Quisiera saber si cree que le revocaran la pena suspendida.El fiscal pide 5 años y la revocacion.Quisiera saber tambien si tendra los antecedentes cancelados de las penas anteriores.He leido que hay casos donde el juez puede en vez de revocar la pena anterior,ampliar el tiempo de condicional,podria hacerlo en este caso?.Desde que se le puso esa medida y hasta la actualidad, nunca mas ha delinquido,ni ha sido detenido,ha llevado una vida normal,trabajando,pagando un alquiler,colegio de su hijo,etc..Por cierto,la suspension de esa pena del 2012 es de un delito anterior a su ingreso en prision.
Las responsabilidades civiles siempre se han abonado
hay testigos de que ese dia mi hijo estaba con ellos,esa gorra la perdio meses antes,el lugar donde se produce el robo esta a menos de 500 metros de mi domicilio,hay un testigo del dia que perdio la gorra.Un testigo,( no presencial,sino que sabe donde fue porque la victima se lo comunica), de la parte contraria dijo que el lugar donde sucede todo era un callejon sin salida,mi hijo ha hecho capturas del lugar donde se ve claramente que hay salida por ambas partes
usted cree que con lo que tienen pueden condenarle?y por otro lado,cree que le revocaran la suspension de la pena anterior o hay alguna posibilidad de que se le alargue el tiempo de condicional?el hecho de encontrar una gorra con su adn(sudor),implica que fue el,o que estuvo en ese preciso momento alli?,yo opino que no,pero por favor aclareme.Muchisimas gracias
ESTO OCURRE EN MAYO DE 2016 Y EN SEPTIEMBRE SE LE TERMINABA LA CONDICIONAL.
LA PENA QUE PUEDAN IMPUTARLE DE ESTE CASO,SE LE SUSPENDERIA AL NO TENER ANTECEDENTES PENALES?COMO SALIO DE PRISION EN 2010.Y LA SUSPENSION ANTERIOR FUE DE UN DELITO COMETIDO CON ANTERIORIDAD A SU INGRESO EN PRISION EN 2009,AUNQUE EL JUICIO FUE EN 2012
Buenas tardes,
Respecto al caso al que se refiere, como comprenderá, no podemos adelantarle cuál será la resolución que adopte el Juez, si bien parece existir un conjunto de prueba que, a nuestro juicio, no acredita que fuera su hijo quien cometió el hecho. No obstante, como deciamos, el dictado de la sentencia le corresponde al Juez tras haber presenciado la prueba.
En cuanto a las consecuencias de una posible sentencia condenatoria, la ley establece que, con carácter general, se revocará la suspensión concedida inicialmente si bien, de manera excepcional, se permite también en el mantenimiento de la suspensión de la pena cuando se entienda que la nueva condena recaída no desvirtúa los fines por los que se acordó aquella suspensión.
En cualquier caso quedamos a su disposición para valorar su caso más en profundidad, si así lo desea.
Esperamos haber resuelto su consulta un saludo,
Cancelacion de antecede penales y policiales
robo y pelea, no hubo condena año 2009